Viernes 28 Julio, 2006
  HOJA DE ENCARGO
  CONTRATO  
 

HOJA DE ENCARGO

En la ciudad de Albacete a ....................................
Don: .....................................................................
Vecino de: ............................................................
Calle: ....................................................................
Número: ...........................................
Código postal: ....................NIF: ..........................
Teléfono: ............................Fax: ..........................
Correo electrónico:

  Considerando que el Código Deontológico de la Abogacía Española (aprobado por el Pleno de 30 de junio de 2000) en su artículo 13.1 (<<Relaciones con los clientes>>) recomienda la suscripción de la Hoja de Encargo, y que el artículo 37 de la Carta de Derechos de los Ciudadanos, fruto del denominado Pacto sobre la Justicia, Carta tramitada en el Congreso de los Diputados, exige presupuesto previo que contenga el coste anticipado aproximado de la intervención de Abogado, CONVIENE con el titular de este bufete la prestación de servicios propios de la Abogacía, respecto del asunto que se expresa y en las condiciones que a continuación se indican:

ASUNTO:




CONDICIONES: Los servicios profesionales serán prestados por el titular del bufete don RAMÓN BELLO SERRANO y sus colaboradores en el Despacho, siempre bajo la dirección de aquél.

Los profesionales de este Despacho gozarán de plena autonomía y libertad de criterio en el desempeño del trabajo encomendado, así como de la colaboración que del interesado precisen, pudiendo renunciar en cualquier momento a seguir el asunto encomendado si apreciaren la falta de dicha colaboración o no fueren respetados sus criterios profesionales sobre el enfoque y forma de llevar el asunto.

También podrán renunciar en el supuesto de que no fueran atendidas peticiones de provisión de fondos o de pago de honorarios, sin perjuicio de reclamar el importe de los devengados por los trabajos realizados.

El interesado proveerá de fondos al Letrado para atender los gastos y suplidos de todo tipo que puedan originarse, con independencia de la provisión que, en su caso, pueda solicitarse por Procurador de los Tribunales.

La provisión de fondos será destinada a efectuar, por cuenta del interesado, todos los gastos que sean necesarios por cualquier concepto y hasta donde alcance. De agotarse, existiendo la necesidad de realizar nuevos pagos, se solicitará su ampliación. Llegado el término del trabajo profesional será tenida en cuenta, como deducción, en la liquidación que se practique. El sobrante, si lo hubiere, será aplicado a cuenta de los honorarios profesionales al emitirse la factura correspondiente y, si en este supuesto, también hubiere sobrante, será reintegrado al interesado.

El coste aproximado total del litigio, excluidos recursos e incidentes, que se minutarán, caso de producirse, de acuerdo a las normas de honorarios y aparte, es de ......................€. Es costumbre de este Letrado dividir los honorarios en dos provisiones de fondos. La primera al encargo profesional, previa firma de esta Hoja, y la segunda, con ocasión de la audiencia previa o la llamada a juicio, directamente, en su caso.

En el supuesto de ganarse el pleito con costas y firme que sea la sentencia, el Letrado advierte al cliente que la Ley de Enjuiciamiento Civil obliga al contrario a pagar una cantidad en concepto de costas que no exceda de un tercio de la cuantía del pleito (a falta de cuantía se entiende la de 18.030. €€), salvo expresa declaración de temeridad, por lo que el exceso, de acuerdo a esta hoja de aprecio, será de cargo del firmante, a no ser que el Tribunal declare expresamente la temeridad o mala fe, en cuyo caso las costas son íntegras de cuenta del contrario.

Asimismo, el Letrado pone en conocimiento del cliente, que las costas son un derecho de crédito del cliente y no del Letrado, por lo que le son reintegradas, esto es, deben haber sido cobradas anteriormente por el Letrado.

En el supuesto de perderse el pleito con costas el Letrado y el cliente acuerdan un descuento del 30 por ciento sobre el presupuesto.

Queda igualmente excluida de esta Hoja el incidente especial regulado en la LEC de condena en el incidente de impugnación de honorarios, que deberá ser, en su caso, de cuenta del cliente.

De conformidad con la Hoja de Encargo se solicita el primero de los plazos consistente en ____________ Euros a la cuenta que más abajo se indica en un plazo prudencial de quince días a la firma de la Hoja. (*) (**)

 

Por el Despacho

Por el interesado

  • CAJA CASTILLA-LA MANCHA 2105 1860 54 0012026965

(**) La primera de las consultas, donde han de fijarse los puntos de hecho y de derecho del litigio, se percibe de acuerdo a las normas de honorarios profesionales con independencia de la suscripción de la presente Hoja.

CONSEGUIR HOJA DE ENCARGO:

 
 
Hoja de encargo comprimido



Abrir con Acrobat Reader
 
Hoja de encargo en formato impresión
Abrir en formato doc
 
 
 
  Política de Privacidad